viernes, 3 de abril de 2020

Relaciones de trabajo, en tiempos del coronavirus.

Saludos, estimados lectores, en esta ocasión vamos a tocar un tema importante con relación a la emergencia sanitaria decretada por causa del covid19 y la pandemia que aqueja a nuestro país, específicamente en el mundo del trabajo.

Muchos trabajadores están en la incertidumbre y zozobra de qué pasará con sus empleos, si los van a despedir o los van a mandar a descansar sin goce de sueldo. Esto es información errónea pues el artículo 427 fracción VII y el 429 fracción IV de la Ley Federal del Trabajo, imponen al patrón el deber de pagar a sus trabajadores un salario mínimo diario y vigente en la entidad federativa en que ocurra esa situación, hasta por un mes (que es lo que durará la declaratoria de emergencia) esto es, hasta el 30 de abril de 2020. Lo anterior no implica que el patrón de manera unilateral podrá despedir individual o colectivamente a sus empleados y de manera injustificada, porque estamos ante una suspensión de relaciones de trabajo, no de terminación, no de rescisión, reitero, únicamente suspensión, además del deber de cubrir el salario mínimo diario a los trabajadores hasta por un mes.
Terminando la contingencia, los empleados deberán de regresar a cubrir sus puestos, en los horarios establecidos, con su salario y prestaciones legales y/o supralegales, según sea el caso.

Si el patrón despide sin causa justificada a un trabajador durante esta emergencia sanitaria, está cometiendo una ilegalidad que deberá ser hecha del conocimiento a la autoridad laboral competente y en turno, pues estamos ante un despido injustificado que traería como consecuencia la reinstalación obligatoria o la indemnización constitucional a favor del trabajador, según él prefiera. 

Amigo trabajador, no firmes "renuncia voluntaria" alguna no firmes documento diverso en el que se te obligue a desistir de tus derechos laborales consagrados en nuestra Constitución. Esos derechos del trabajo, son irrenunciables, por así mandarlo la Ley Federal del Trabajo. 

Estimado trabajador, no te quedes callado, haz valer tus derechos.

¡En estas épocas donde la incertidumbre oprime, la ley libera!





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